MÉXICO, D.F., febrero 1 (EL UNIVERSAL).- El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) absolvió al virtual candidato presidencial de la izquierda, Andrés Manuel López Obrador (AMLO) por la difusión de al menos siete espectaculares ubicados en diverso puntos de la ciudad de México.
También declaró infundada la queja contra Enrique Peña Nieto, virtual candidato presidencial de la coalición Compromiso por México (PRI-PVEM) por la presunta realización de actos anticipados de campaña.
López Obrador fue denunciado por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), bajo el argumento de que el perredista no podía emitir propaganda ante la población en general, porque serán órganos de decisión de los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano y no los ciudadanos quienes ratificarán su nombramiento como candidato presidencial de la coalición Movimiento Progresista.
El consejero Alfredo Figueroa propuso imponer una amonestación pública al PT pues los espectaculares contenían su logo. La sugerencia no prosperó.
El Consejo General del IFE también aclaró que Peña Nieto no había violado la ley electoral al realizar mítines ante la población en general.
Lo anterior, en respuesta a una queja presentada por el PAN, quien aseguró que fallos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dejaban claro que los precandidatos únicos no podían realizar mítines ante la población en general.
El órgano electoral también declaró infundada una queja presentada por el PRI contra el presidente Felipe Calderón y el precandidato presidencial panista Ernesto Cordero por haber emitido declaraciones que vinculaban al PRI con el narco.
Tampoco sancionó a la precandidata presidencial panista, Josefina Vázquez Mota por haber participado en un evento en Tabasco para promocionar su libro “Nuestra Oportunidad: Un México para todos” ni a Cordero Arroyo por haber realizado una comida con simpatizantes en Tonalá, Jalisco.